El Sistema de
Infantes a Tres Años de Connecticut
El Sistema de Infantes a Tres Años es un
programa creado por leyes federales y estatales para las familias
que tienen niños con alguna incapacidad entre las edades del
nacimiento hasta los tres años de edad. La misión del sistema
es fortalecer la capacidad de las familias en satisfacer las
necesidades de salud y desarrollo de los niños que tienen
impedimentos ó retrasos en el desarrollo. Este sistema
asegurará que todas las familias tengan igual acceso a programas
coordinados con servicios completos que:
- estén
centrados en la familia
- se den en
ambientes familiares
- fomenten
un consorcio de colaboración
- estén
reconocidos como la mejor práctica en intervención
temprana
- se basen
en el respeto mutuo y capacidad de elección
¿Quién es eligible
para los servicios?
Todo niño (menor de 36 meses) de
cualquier residencia en Connecticut a quien:
- lo
han diagnosticado con alguna condición médica
tales como mongolismo (Down Syndrome), Parálisis
Cerebral, autismo, impedimentos visuales ó de
audición u otra condición que tenga gran
probabilidad de resultar en retraso del desarrollo, ó
- que
muestre un retraso significativo en el desarollo,
tales como el hablar ó el caminar.
¿Quién puede referir al niño(a)?
Cualquiera que tenga una preocupación
acerca del desarrollo de el niño puede referirlo(a).
Ésto incluye a los padres, guardianes ó tutores, padres adoptivos, miembros de la
familia; ó profesionales tales
como pediatras, médicos, trabajadores sociales, enfermeras, proveedores del cuidado del niño ó
niñeras; u otros que tengan contacto con el niño. Si lo
refiere alguno que no sea el padre ó madre, se le
notificará a los padres para obtener el permiso antes de
tomar ninguna acción en el asunto.
¿Cómo refiero al niño(a)?
Llame a la linea de "Infoline" de Desarollo del Niños al 1-800-505-7000. Se le pedirá
información básica tal como nombre, dirección, número
de teléfono y la razón por la cuál se está haciendo
el referido.
¿Quién
llamará a la familia?
El
empleado de "Infoline" hablará con la familia
para seleccionar un programa local de intervención temprana. Se hará una cita a conveniencia de la familia
para evaluar el desarrollo del niño, y si el niño es elegible, comenzar el proceso para conseguir los
servicios necesarios en su propio hogar.
¿Cómo
se llevarán a cabo los servicios?
Después
de que los padres seleccionen un programa, ellos y el personal
que se hará cargo de llevar a cabo los servicios que suplirán
las necesidades del niño(a), desarrollarán un Plan
Individualizado de Servicios a la Familia ("IFSP). Este plan
describirá las áreas fuertes del niño, al igual que las áreas
donde necesita ayuda, tambien como las preocupaciones de la
familia y sus prioridades para con el niño(a). Éste también
detallará qué servicios serán provistos y los recursos que se
necesiten incluyendo con que frecuencia y en que lugar.
Los servicios
pueden incluir cualquiera de los siguientes:
- aparatos
tecnológicos de asistencia
- servicios
audiológicos
- servicios
de comunicación
- entrenamiento
a la familia, consejería y visitas al hogar
- servicios
de salud necesarios para beneficiarse de otros servicios
de intervención temprana
- servicios
médicos para propósitos de diagnósticos ó evaluaciones.
- servicios
de nutrición
- servicios
de enfermería (para propósitos del desarrollo)
- terapia
ocupacional
- terapia
física
- servicios
sicológicos
- coordinación
de servicios
- instrucción
especial
- servicios
de trabajo social
- transportación
necesaria para recibir servicios de intervención
temprana
- servicios
de visión y mobilidad
- grupos de
apoyo familiar y de apoyo de padres-a-padres
En la mayoría
de los casos, los servicios son brindados en ambientes que le son
familiar al niño(a), incluyendo el hogar, el centro de cuidado
diurno y otros sitios donde los niños usualmente pasan más tiempo.
¿Cuál es el costo para
la familia
Preguntas y respuestas sobre la participación familiar en los
costos
Ajustes a los aranceles de participación familiar en el costo
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Q
¿Dónde puedo encontrar el monto de mis ingresos brutos
ajustados?
A
En la declaración de impuestos federales (Form 1040), está en la
línea 35. En la 1040EZ, en la línea 4. En su declaración
estatal (CT-1040), esa cifra aparece en la línea 1.
Q
¿Cómo se obtendrá la información sobre
mis ingresos?
A
Durante octubre, los coordinadores de
servicios pedirán a cada familia que
complete un formulario que se parece
mucho a la grilla que se muestra arriba,
indicando su nivel de ingresos. El
coordinador de servicios también sabe si la
familia consintió en que se facture a su
seguro de salud o ha negado su
consentimiento. A las familias que negaro
su consentimiento, y que tendrán que
pagar un arancel mayor, se les preguntará
si desean reconsiderar su decisión. A las
familias se les pedirá que demuestren
evidencias de sus ingresos en forma de
formularios de declaración del impuesto a la
renta o talones de pago; sin embargo, el
departamento tiene la capacidad de
verificar los ingresos con el Departamento
de Servicios de Renta.
Q
¿Qué pasa si no presenté un formulario de declaración de
impuestos el año pasado?
A
Calcule
los ingresos brutos de su familia basándose en los sueldos u
otras fuentes de ingresos actuales. Luego puede ajustarlos, si
quiere, por 1) gastos educativos, 2) deducciones del IRA, 3)
intereses por préstamos para estudiantes, 4) gastos de mudanza,
5) ½ del impuesto de trabajador independiente, 6) seguro de
salud de trabajador independiente, 7) planes SEP, SIMPLE y
calificados para trabajadores independientes, 8) penalidad por
retiro temprano de fondos, y 9) pagos de pensión alimenticia.
Usted debe seguir las mismas reglas al hacer estos ajustes que
los que haría si fuera a presentar una declaración del impuesto
a la renta.
Q
Mi hijo está cubierto por Medicaid. ¿Tendré que pagar un
arancel mensual?
A
No. Sea que un niño esté cubierto por Medicaid común (HUSKY A)
o ha sido incluido en una exención de Medicaid, no se le
facturará a la familia. A las familias con ingresos brutos
ajustados debajo de $45,000 tampoco se les facturará.
Q
Mi hijo está cubierto por HUSKY B. ¿Tendrá que
pagar un arancel mensual?
A
Sí. HUSKY B es un plan de seguros.
Q
No recibí ningún servicio porque estuvimos afuera todo el mes.
¿Se me facturará?
A
No. Las familias solo recibirán facturas por los meses en que
reciban servicios. Sin embargo, las consultas canceladas por la
familia con menos de 24 horas de anticipación serán consideradas
como “servicios”. Su factura mensual incluirá las fechas de los
servicios y consultas que usted ha cancelado con una
anticipación menor de 24 horas.
Q
¿Qué pasa si mi hijo comienza a recibir servicios en la mitad
del mes, o deja el Sistema para Infantes a Tres Años a mitad del
mes?
A
A las familias se les cobrará solo por un mes completo de
inscripción. Por lo tanto, si un niño comienza a recibir
servicios a mitad de febrero, la primera factura de la familia
será por los servicios de marzo. Si un niño deja a mitad de
febrero, la última factura de la familia será por los servicios
de enero.
Q
¿Cuándo se me facturará?
A
Las facturas serán enviadas a mitad de mes por los servicios
recibidos durante el mes anterior.
Q
Tengo mellizos, y ambos reciben servicios. ¿Se me facturará dos
veces?
A
No. A cada familia se le facturará solo un niño por mes,
independientemente de cuántos niños estén inscriptos a la vez.
Q
Si mi programa para Infantes a Tres Años cobra a mi plan de
seguros y yo también estoy pagando mensualmente, ¿no resultará
el monto pagado por mi hijo mayor que el costo de los servicios?
A
El Sistema para Infantes a Tres Años paga a cada programa, en
promedio, $600 por mes, o $7,200 por año y por niño. A los
programas se les paga más por niños que reciben servicios
intensivos (más de 15 horas por mes). A los planes de seguros
solo se les exige que reintegren a los programas hasta $3,200
por año, y muchos no pagan nada (los que están autofinanciados y
a los que no se les exige seguir leyes de seguros estatales.).
Por lo tanto, es improbable que el reintegro combinado de los
pagos del seguro y de los padres excedan el monto que paga el
Sistema para Infantes a Tres Años al programa por cada niño. Sin
embargo, de ocurrir esto, a la familia se le reintegrará
cualquier pago en exceso en el momento en que el niño egrese del
Sistema para Infantes a Tres Años.
Q
¿Qué pasa si no completo el formulario que indica el nivel de
mis ingresos?
A
A usted se le facturará de acuerdo con el monto más alto de la
tarifa de aranceles correspondiente.
Q
¿Qué pasa si no pago, o si pago tarde?
A
Cuando los pagos están atrasados más de 90 días, se le
notificará a la familia y al programa que los servicios serán
suspendidos. La coordinación, evaluación y valoración de los
servicios, así como el desarrollo y la evaluación de IFSP
continuarán siendo provistos sin ningún costo.
Q
Si pago en su totalidad los servicios que han sido suspendidos,
¿tengo derecho a recibir los servicios que perdí?
A
No. Una vez que los pagos están al día, los servicios se
reanudarán. A usted no se le facturará por ningún mes en el que
no recibió servicios, que incluye todo mes completo durante el
cual los servicios fueron suspendidos.
Q
Tengo que pagar mucho por las cuentas médicas de mi hijo, y
realmente no puedo pagar una sola cuenta más. ¿Puedo pedir que
se reduzca mi pago?
A
Una familia que tenga gastos extraordinarios puede solicitar que
sus ingresos brutos ajustados sean reducidos por el monto de
esos gastos. Entonces esto reducirá el monto del pago mensual.
Las categorías permitidas son:
§
Gastos médicos que sean mayores que el 6% de los ingresos brutos
ajustados
§
Pagos hechos para ayudar a miembros de la familia fuera del
hogar
§
Gastos de mejora de la casa para mantener su hogar en
condiciones habitables
§
Instrucción, libros, pensión completa para la universidad,
escuela técnica o escuelas no públicas (máximo de $10,000)
§
Compras de necesidades relacionadas con el trabajo no
reintegradas por su empleador
§
Pagos obligatorios por grandes deudas acumuladas
§
Gastos de cuidado de niños (si ambos cuidadores primarios están
empleados)
Si corresponde alguna de estas categorías, pida a su coordinador
de servicios un formulario de Solicitud de Ajuste de Ingresos.
El formulario es enviado al gerente regional del sistema para
Infantes a Tres Años para su aprobación. Los ajustes no son
retroactivos.
Q
¿Qué ocurre si solicito un ajuste de ingresos y no es aprobado?
A
Si no está de acuerdo con la decisión, usted puede solicitar una
revisión administrativa por escrito al Comisionado del DMR (460
Capitol Ave. Hartford, CT 06106) dentro de los 30 días
posteriores a la recepción de la decisión.
Q
¿Qué pasa si mis ingresos han variado mucho desde el año pasado?
A
Si este cambio ocurre luego de que ya ha completado el
Formulario de Participación Familiar en los Costos, pida a su
coordinador de servicios un nuevo formulario. Si usted ya sabe
que sus ingresos han cambiado significativamente antes de
completar el formulario, entonces complete lo que espera que
sean sus ingresos brutos ajustados.
Q
He dado permiso al programa para Infantes a Tres Años para que
facturen a mi seguro, pero mi plan de seguro ha denegado el
pago. ¿Se me cobrará más a mí?
A
No. Si usted nos ha dado permiso para facturar a su plan de
seguro, su pago mensual permanecerá igual.
Q
¿Quién estará enviando, en la práctica, las facturas?
A
El estado contratará a una agencia de facturación privada para
este propósito. Esa agencia será seleccionada a fines de
septiembre de 2003.
Q
Estos pagos, ¿son deducibles de mi declaración de impuesto a la
renta del próximo año?
A
No sabemos si estos pagos serán deducibles como gastos médicos o
educativos. Usted tendrá que consultar a un profesional de
preparación de impuestos.