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 El Sistema de Infantes a Tres Años de Connecticut

El Sistema de Infantes a Tres Años es un programa creado por leyes federales y estatales para las familias que tienen niños con alguna incapacidad entre las edades del nacimiento hasta los tres años de edad. La misión del sistema es fortalecer la capacidad de las familias en satisfacer las necesidades de salud y desarrollo de los niños que tienen impedimentos ó retrasos en el desarrollo. Este sistema asegurará que todas las familias tengan igual acceso a programas coordinados con servicios completos que:
  • estén centrados en la familia
  • se den en ambientes familiares
  • fomenten un consorcio de colaboración
  • estén reconocidos como la mejor práctica en intervención temprana
  • se basen en el respeto mutuo y capacidad de elección

¿Quién es eligible para los servicios?

Todo niño (menor de 36 meses) de cualquier residencia en Connecticut a quien:
  1. lo han diagnosticado con alguna condición médica tales como mongolismo (Down Syndrome), Parálisis Cerebral, autismo, impedimentos visuales ó de audición u otra condición que tenga gran probabilidad de resultar en retraso del desarrollo, ó
  2. que muestre un retraso significativo en el desarollo, tales como el hablar ó el caminar.

¿Quién puede referir al niño(a)?

Cualquiera que tenga una preocupación acerca del desarrollo de el niño puede referirlo(a). Ésto incluye a los padres, guardianes ó tutores, padres adoptivos, miembros de la familia; ó profesionales tales como pediatras, médicos, trabajadores sociales, enfermeras, proveedores del cuidado del niño ó niñeras; u otros que tengan contacto con el niño. Si lo refiere alguno que no sea el padre ó madre, se le notificará a los padres para obtener el permiso antes de tomar ninguna acción en el asunto.

¿Cómo refiero al niño(a)?

Llame a la linea de "Infoline" de Desarollo del Niños al 1-800-505-7000. Se le pedirá información básica tal como nombre, dirección, número de teléfono y la razón por la cuál se está haciendo el referido.

¿Quién llamará a la familia?

El empleado de "Infoline" hablará con la familia para seleccionar un programa local de intervención temprana. Se hará una cita a conveniencia de la familia para evaluar el desarrollo del niño, y si el niño es elegible, comenzar el proceso para conseguir los servicios necesarios en su propio hogar.

¿Cómo se llevarán a cabo los servicios?

Después de que los padres seleccionen un programa, ellos y el personal que se hará cargo de llevar a cabo los servicios que suplirán las necesidades del niño(a), desarrollarán un Plan Individualizado de Servicios a la Familia ("IFSP). Este plan describirá las áreas fuertes del niño, al igual que las áreas donde necesita ayuda, tambien como las preocupaciones de la familia y sus prioridades para con el niño(a). Éste también detallará qué servicios serán provistos y los recursos que se necesiten incluyendo con que frecuencia y en que lugar.

Los servicios pueden incluir cualquiera de los siguientes:

  1. aparatos tecnológicos de asistencia
  2. servicios audiológicos
  3. servicios de comunicación
  4. entrenamiento a la familia, consejería y visitas al hogar
  5. servicios de salud necesarios para beneficiarse de otros servicios de intervención temprana
  6. servicios médicos para propósitos de diagnósticos ó evaluaciones.
  7. servicios de nutrición
  8. servicios de enfermería (para propósitos del desarrollo)
  9. terapia ocupacional
  10. terapia física
  11. servicios sicológicos
  12. coordinación de servicios
  13. instrucción especial
  14. servicios de trabajo social
  15. transportación necesaria para recibir servicios de intervención temprana
  16. servicios de visión y mobilidad
  17. grupos de apoyo familiar y de apoyo de padres-a-padres

En la mayoría de los casos, los servicios son brindados en ambientes que le son familiar al niño(a), incluyendo el hogar, el centro de cuidado diurno y otros sitios donde los niños usualmente pasan más tiempo.

¿Cuál es el costo para la familia

Preguntas y respuestas sobre la participación familiar en los costos
Ajustes a los aranceles de participación familiar en el costo - 7/04

Q       ¿Dónde puedo encontrar el monto de mis ingresos brutos ajustados?

A        En la declaración de impuestos federales (Form 1040), está en la línea 35. En la 1040EZ, en la línea 4.  En su declaración estatal (CT-1040), esa cifra aparece en la línea 1.

 Q       ¿Cómo se obtendrá la información sobre
                mis ingresos?
                 A        Durante octubre, los coordinadores de
               servicios pedirán a cada familia que
               complete un formulario que se parece
               mucho a la grilla que se muestra arriba,
               indicando su nivel de ingresos. El
               coordinador de servicios también sabe si la
               familia consintió en que se facture a su
               seguro de salud o ha negado su
               consentimiento. A las familias que negaro
               su consentimiento, y que tendrán que
               pagar un arancel mayor, se les preguntará
              si desean reconsiderar su decisión. A las
              familias se les pedirá que demuestren
              evidencias de sus ingresos en forma de
              formularios de declaración del impuesto a la
              renta o talones de pago; sin embargo, el
              departamento tiene la capacidad de
              verificar los ingresos con el Departamento
              de Servicios de Renta. 

Q       ¿Qué pasa si no presenté un formulario de declaración de impuestos el año pasado?

 Calcule los ingresos brutos de su familia basándose en los sueldos u otras fuentes de ingresos actuales. Luego puede ajustarlos, si quiere, por 1) gastos educativos, 2) deducciones del IRA, 3) intereses por préstamos para estudiantes, 4) gastos de mudanza, 5) ½ del impuesto de trabajador independiente, 6) seguro de salud de trabajador independiente, 7) planes SEP, SIMPLE y calificados para trabajadores independientes, 8) penalidad por retiro temprano de fondos, y 9) pagos de pensión alimenticia. Usted debe seguir las mismas reglas al hacer estos ajustes que los que haría si fuera a presentar una declaración del impuesto a la renta.

 

Q       Mi hijo está cubierto por Medicaid.  ¿Tendré que pagar un arancel mensual?

A        No.  Sea que un niño esté cubierto por Medicaid común (HUSKY A) o ha sido incluido en una exención de Medicaid, no se le facturará a la familia. A las familias con ingresos brutos ajustados debajo de $45,000 tampoco se les facturará.

 Q       Mi hijo está cubierto por HUSKY B. ¿Tendrá que
     pagar un arancel mensual?

A        Sí. HUSKY B es un plan de seguros.

 

Q       No recibí ningún servicio porque estuvimos afuera todo el mes. ¿Se me facturará?

A        No. Las familias solo recibirán facturas por los meses en que reciban servicios. Sin embargo, las consultas canceladas por la familia con menos de 24 horas de anticipación serán consideradas como “servicios”. Su factura mensual incluirá las fechas de los servicios y consultas que usted ha cancelado con una anticipación menor de 24 horas.

 

Q       ¿Qué pasa si mi hijo comienza a recibir servicios en la mitad del mes, o deja el Sistema para Infantes a Tres Años a mitad del mes?

A        A las familias se les cobrará solo por un mes completo de inscripción. Por lo tanto, si un niño comienza a recibir servicios a mitad de febrero, la primera factura de la familia será por los servicios de marzo. Si un niño deja a mitad de febrero, la última factura de la familia será por los servicios de enero.

 

Q       ¿Cuándo se me facturará?

A        Las facturas serán enviadas a mitad de mes por los servicios recibidos durante el mes anterior.
 

Q       Tengo mellizos, y ambos reciben servicios. ¿Se me facturará dos veces?

A        No. A cada familia se le facturará solo un niño por mes, independientemente de cuántos niños estén inscriptos a la vez.

 

Q       Si mi programa para Infantes a Tres Años cobra a mi plan de seguros y yo también estoy pagando mensualmente, ¿no resultará el monto pagado por mi hijo mayor que el costo de los servicios?

A        El Sistema para Infantes a Tres Años paga a cada programa, en promedio, $600 por mes, o $7,200 por año y por niño. A los programas se les paga más por niños que reciben servicios intensivos (más de 15 horas por mes). A los planes de seguros solo se les exige que reintegren a los programas hasta $3,200 por año, y muchos no pagan nada (los que están autofinanciados y a los que no se les exige seguir leyes de seguros estatales.). Por lo tanto, es improbable que el reintegro combinado de los pagos del seguro y de los padres excedan el monto que paga el Sistema para Infantes a Tres Años al programa por cada niño. Sin embargo, de ocurrir esto, a la familia se le reintegrará cualquier pago en exceso en el momento en que el niño egrese del Sistema para Infantes a Tres Años.

 

Q       ¿Qué pasa si no completo el formulario que indica el nivel de mis ingresos?

A        A usted se le facturará de acuerdo con el monto más alto de la tarifa de aranceles correspondiente.

 

Q       ¿Qué pasa si no pago, o si pago tarde?

A        Cuando los pagos están atrasados más de 90 días, se le notificará a la familia y al programa que los servicios serán suspendidos. La coordinación, evaluación y valoración de los servicios, así como el desarrollo y la evaluación de IFSP continuarán siendo provistos sin ningún costo.
 

Q       Si pago en su totalidad los servicios que han sido suspendidos, ¿tengo derecho a recibir los servicios que perdí?

A        No.  Una vez que los pagos están al día, los servicios se reanudarán. A usted no se le facturará por ningún mes en el que no recibió servicios, que incluye todo mes completo durante el cual los servicios fueron suspendidos.

 

Q       Tengo que pagar mucho por las cuentas médicas de mi hijo, y realmente no puedo pagar una sola cuenta más. ¿Puedo pedir que se reduzca mi pago?

A        Una familia que tenga gastos extraordinarios puede solicitar que sus ingresos brutos ajustados sean reducidos por el monto de esos gastos. Entonces esto reducirá el monto del pago mensual. Las categorías permitidas son:

§         Gastos médicos que sean mayores que el 6% de los ingresos brutos ajustados

§         Pagos hechos para ayudar a miembros de la familia fuera del hogar

§         Gastos de mejora de la casa para mantener su hogar en condiciones habitables

§         Instrucción, libros, pensión completa para la universidad, escuela técnica o escuelas no públicas (máximo de $10,000)

§         Compras de necesidades relacionadas con el trabajo no reintegradas por su empleador

§         Pagos obligatorios por grandes deudas acumuladas

§         Gastos de cuidado de niños (si ambos cuidadores primarios están empleados)

Si corresponde alguna de estas categorías, pida a su coordinador de servicios un formulario de Solicitud de Ajuste de Ingresos. El formulario es enviado al gerente regional del sistema para Infantes a Tres Años para su aprobación. Los ajustes no son retroactivos.

 

Q       ¿Qué ocurre si solicito un ajuste de ingresos y no es aprobado?

A        Si no está de acuerdo con la decisión, usted puede solicitar una revisión administrativa por escrito al Comisionado del DMR (460 Capitol Ave. Hartford, CT  06106) dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la decisión.

 

Q       ¿Qué pasa si mis ingresos han variado mucho desde el año pasado?

A        Si este cambio ocurre luego de que ya ha completado el Formulario de Participación Familiar en los Costos, pida a su coordinador de servicios un nuevo formulario. Si usted ya sabe que sus ingresos han cambiado significativamente antes de completar el formulario, entonces complete lo que espera que sean sus ingresos brutos ajustados.

 

Q       He dado permiso al programa para Infantes a Tres Años para que facturen a mi seguro, pero mi plan de seguro ha denegado el pago. ¿Se me cobrará más a mí?

A        No. Si usted nos ha dado permiso para facturar a su plan de seguro, su pago mensual permanecerá igual.

 

Q       ¿Quién estará enviando, en la práctica, las facturas?

A        El estado contratará a una agencia de facturación privada para este propósito. Esa agencia será seleccionada a fines de septiembre de 2003.

 

Q       Estos pagos, ¿son deducibles de mi declaración de impuesto a la renta del próximo año?

A        No sabemos si estos pagos serán deducibles como gastos médicos o educativos. Usted tendrá que consultar a un profesional de preparación de impuestos.